¿POR QUÉ SU EMPRESA NECESITA UN PLAN DIRECTOR EN MATERIA DE DDHH?


Quizá, usted sea un directivo de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y conozca de la importancia de contar con un exhaustivo Plan Director (PD) de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos (DDHH), realizado por expertos del más alto nivel de Europa y América.

Seguro que, sin lugar a dudas, entonces valora que este equipo:

  • Sea independiente.
  • Acometa un preciso diagnóstico de las vulnerabilidades de la actividad de su empresa.
  • Detecte los riesgos operacionales y reputacionales de su actividad que pueden provocar impacto real o potencial sobre los DDHH.
  • Evalúe en qué medida los actuales procedimientos de Debida Diligencia de la entidad son adecuados para gestionar estos riesgos.

Pero quizá la RSC, no sea su area de competencia y se pregunte: ¿Qué es un Plan Director de Debida Diligencia en materia de DDHH?, ¿para qué sirve?, ¿para vender a la administración?, ¿es una Ley?, ¿es obligatorio?, ¿sirve Para diferenciase?, ¿para cuidar su reputación?, ¿es lo mismo que una certificación o un sello de calidad?, etc… en definitiva.

¿Por qué para su empresa es prioritario contar con un Plan Director de Debida Diligencia en materia de DDHH?

5 RAZONES

Permítame darle como respuesta 5 razones, que le ayude a diferenciarse o le sirvan como una herramienta para comercializar más y mejor, y romper barreras de entrada a nuevos mercados geográficos y sectoriales, este plan es de importancia porque:

1. Su empresa quiere respetar y hacer respetar los DDHH
2. Desde junio de 2011 se empieza a aterrizar la responsabilidad de las Empresas frente a los DDHH.
  • ­ El 16 de junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas respaldó unánimemente los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, que describen las responsabilidades de las empresas frente a los DDHH”.
  • El 25 de octubre de 2011, en el marco de su Nueva Política de Responsabilidad Social Empresarial, la Comisión Europea instó a los países miembros a adoptar planes nacionales de implementación de estos Principios Rectores.
  • Por su parte, la OCDE incorporó los Principios Rectores de Naciones Unidas para Empresas y Derechos Humanos en la última revisión de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales en 2012.
  • El 4 de abril de 2013, el Congreso de los Diputados Español, aprobó la proposición no de Ley sobre Responsabilidad Social Corporativa y Derechos Humanos, y el Gobierno de España presentará en muy breve el Plan Nacional de Empresa y derechos humanos.
3. ¿Cuál es la responsabilidad de la Empresas frente a los DDHH?.

Según los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, “la responsabilidad de respetar los derechos humanos exige que las empresas:”

  • ­Eviten que sus propias actividades (acciones u omisiones) provoquen consecuencias negativas sobre los derechos humanos. ­ Hagan frente a esas consecuencias cuando se produzcan.
  • Traten de prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales, incluso cuando no hayan contribuido a generarlos.
4. ¿Porque la Debida Diligencia es el mejor mecanismo para su empresa?.

Para conocer en profundidad dónde pueden estar sus riesgos, los de su cadena de valor y cómo evitarlos a la hora de proteger y respetar los DDHH. En otras palabras, la Debida Diligencia en materia de derechos humanos, metodológicamente, podría equipararse a los estudios de impacto ambiental u otros similares.

5. ¿Porque la calidad de este Plan Director, es crítico para proteger el patrimonio reputacional de la empresa, ampliar los resultados del negocio y su capacidad de financiación?.

Sirva como ejemplo, la capacidad de aumentar las ventas estará directamente afectada, si se trata de empresas que venden o prestan servicios a la administración o que la puesta en práctica de un Plan de Debida Diligencia en materia de DDHH, sea un requisito para obtener financiación económica de agencias nacionales o internacionales.

EN RESUMEN:

Su empresa necesita expertos externos en la realización de El Plan Director de Debida Diligencia en materia de DDHH por:

  • La existencia de los principios rectores de empresa y DDHH desde 2011
  • Porque generará mecanismos que faciliten su implantación y que integren la perspectiva de DDHH en la empresa de un modo transversal.
  • La existencia de normativa legal por país y soft law, general y para cada sector.
  • La escasa experiencia interna del uso de herramientas para auto-diagnosticar, valorar, auditar y en definitiva generar un Plan Director de DDHH para las empresas.
  • La influencia en la reputación de la compañía y su posicionamiento público.
  • La influencia en la capacidad de venta de la compañía.
  • La influencia en la capacidad de financiación por agencias nacionales e internacionales.